El juez dio la declaracion una hora antes de lo esperado despues de analizar el expediente ,por mas 12 horas, salio del juzgado sin dar mas declaraciones, pero se informo posteriormente por parte de la oficina del juzgado que en la reconstrucción de los hechos de ayer se demostró que no no hubo violencia y si actos consentidos.
Por su parte el cantante emitio una declaracion agradeciendo a Dios y pidio a Daiana Gerladine reflexion por todo lo que ha provocado.
Por su parte la procuraduria de Quintana Roo recibio un fuerte descalabro , ya que al parecer no fueron suficientes las pruebas que presento ante el juez, sin embargo se cree que apelara la desicion o por lo menos lo acusara de estupro.
Cabe mencionar que el dia de ayer el Gobernador Felix Gonzalez defendio el caso ante los medios de comunicacion.
Una radiodifusara local afirma que Kalimba salio a las primeras hora de la madrugada en Jet privado de la ciudad de Chetumal
Si se demuestra que Kalimba cometió el delito de estupro y no el de violación, la penalidad que señala el artículo 130 del Código Penal es de cuatro a ocho años de cárcel, por lo que podría salir libre bajo fianza, consideró el litigante Raúl Ojeda González.
En entrevista, el profesionista señaló que a su juicio el cantante debería de estar fuera del penal debido a que no hay evidencia contundente en su contra, pero si el juez decidiera llevarlo a juicio se tendrá que aplicar que su cliente no cometió violación en primer término y luego que tampoco se llevó a cabo el acto como ya lo ha manifestado el propio ex miembro de OV-7 y como lo corroboró la otra menor involucrada en los hechos.
Para ilustrar su opinión, el abogado señaló que el artículo 127 del Código Penal deQuintana Roo establece la punibilidad para el tipo de delito ciertas conductas y en su letra señala: “Al que realice cópula por medio de la violencia física o moral con persona mayor de catorce años de edad y menor de dieciocho años de edad o que por cualquier causa no esté en posibilidades de producirse voluntariamente en sus relaciones sexuales o de resistir la conducta delictuosa, se le impondrá prisión de veinticinco a cincuenta años o prisión vitalicia y de mil quinientos a tres mil días multa”.
En este contexto señaló que en caso de que el juez también sentenciara al detenido, deberá considerar otros aspectos como si se ejerció violencia, si hubo engaño, si fue drogada la víctima, si fue mantenida semidormida.
“Todos esos aspectos deberá considerar, porque el juez no sólo va a valorar una declaración que tiene dentro de un proceso, sino todo lo que se demuestre, así es de tajante la ley”, señaló.
Si la defensa del victimario comprueba que “hubo consentimiento y la menor así lo acepta, automáticamente ya no estaríamos en el artículo 127, sino en el 130 que establece el delito de estupro y de ser así Kalimba tendría derecho a salir bajo fianza”.
En este sentido, dijo que el artículo 130 señala que “al que por medio de engaño realice cópula consentida con persona mayor de catorce y menor de dieciocho años de edad, se le impondrá prisión de cuatro a ocho años”.
Y para dictar la sentencia también el juez deberá considerar si el acusado es primo delincuente o si tiene antecedentes penales, dijo.
De acuerdo con la información recabada, es lo que trataría de demostrar la defensa, primero que no hubo violación y luego que tampoco se llevó a cabo el acto, de hecho Kalimba en diferentes momentos ha manifestado que no tuvo relaciones con la chica y en otras entrevistas la otra menor involucrada corroboró que nunca hubo ese intento ni hubo actos de violencia
No hay comentarios:
Publicar un comentario